Políticas de uso de servicios de participación ciudadana en el contexto de las Administraciones Públicas

La Web 2.0 permite que los usuarios interactúen con el propio portal o entre sí, por lo que resulta impensable mantener un portal cerrado. Quienes lo usan exigen participar, aportar información, comunicarse con personas afines, etc.
Las Administraciones Públicas que se plantean abrir servicios participativos tienen dudas sobre si realmente se puede confiar en quienes usan sus aplicaciones para cederles parte del control de la información.

Para ayuar a los gestores públicos, el CTIC acaba de publicar una guía (en PDF) en la que describe la metodología de análisis de servicios Web participativos desarrollada para el Gobierno del Principado de Asturias , dando cobertura a los principales riesgos a los que puede tener que enfrentarse una Administración Pública a la hora de establecer o gestionar servicios de este tipo. La publicación se compone de los siguientes bloques:

  1. Introducción a la web participativa o Web 2.0.
  2. Metodología de gestión de riesgos.
  3. Riesgos en la web participativa.
  4. Medidas para el control de riesgos en la web participativa.
  5. Evaluación de servicios web colaborativos.

Mejora del acceso a la Administración mediante un mejor uso de la Web

El CTIC lidera a nivel mundial la actividad sobre Administración Electrónica (eGovernment) del W3C, a través de un grupo de trabajo de unas 200 personas, de 25 países, que representan a administraciones públicas locales, regionales, nacionales, supranacionales, ONGDs, ciudadanos, universidades yempresas del sector privado. Fruto de este trabajo acaban de presentar la publicación “Mejora del acceso a la Administración mediante un mejor uso de la Web” (en PDF).

Metiendo propiedad intelectual, xenofobia, racismo y pornografía infantil en el mismo saco

Aún no lo había leído, y acabo de quedar impresionado con el contenido del documento (PDF) en el que la Presidencia española de la Unión Europea pregunta varias cuestiones a sus socios comunitarios.

La realización de actividades delictivas mediante el uso de internet tiene una particular incidencia y trascendencia en el caso de la pornografía infantil, así como en la propagación de ideas xenófobas y racistas y en la vulneración de la  propiedad intelectual, conductas que, desgraciadamente, no se comprueba que disminuyan.

Empieza mezclando pornografía infantil, xenofobia y racismo con propiedad intelectual.

La vulneración de la propiedad intelectual vía internet ha alcanzado una extensión que pone en peligro la propia actividad creadora.

Nunca tanto se ha creado como desde que apareció Internet. Otra asunto muy distinto, que es lo que debía de reflejar el documento, es que se mantengan los ingentes beneficios de las discográficas y demás industria relacionada con el mundo de la música; pero hay más conciertos que nunca, se escucha más música que nunca, hay más creación que nunca.

Y para rematar la faena, plantea tres preguntas:

Por ello, la Presidencia propone el presente debate, invitando a tratar las siguientes cuestiones:

  1. ¿Cómo se combaten los contenidos en internet de pornografía infantil así como los racistas y xenófobos y las vulneraciones a la propiedad intelectual, en su país? ¿Cabe bloquear en su país el acceso a páginas de internet con contenidos de esa clase?
  2. ¿Cómo considera que debería actuarse para combatir ese tipo de conductas a nivel de la Unión Europea?
  3. ¿Cómo podría actuarse contra los contenidos de ese tipo procedentes de servidores que emitan desde Estados no miembros de la Unión Europea?

Así me gusta, basándonos en la lucha contra la pornografía infantil, el racismo y la xenofobia, pues de paso acabamos con las descargas en Internet, que realmente es lo que les preocupa. No sé si desconocen que están tratando de ponerle puertas al campo…

Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto es obra de muchas manos, y propiedad de todos. Si te gusta, cópialo, pásalo, publícalo en tu weblog o haz lo que quieras con él.

Reconocimiento facial en escuelas británicas

reconocimiento facialEn el Reino Unido están empezando a implantar sistemas de reconocimiento facial para el acceso y para la salida de las escuelas.

La máquina, situada en la entrada del centro, se encarga de validar y registrar de forma segura a cada uno de los usuarios que entran o salen del centro, tal y como se puede ver en este vídeo.

El sistema, que tarda 1,5 segundos en actuar, escanea el rostro de la persona, mediante un lector de infrarojos, y lo compara con los registros almacenados en una base de datos.

Las ventajas que presenta este sistema son claras:

  • Control de las personas que se encuentran en el edificio, que puede ser interesante para infinidad de tareas (control de asistencia a clase de forma automática, seguridad en caso de incendios, al poder saber qué personas se encontraban dentro de las instalaciones,…).
  • Ahorro del tiempo que gastan los docentes u otro personal en “pasar” lista, que pueden invertir en su trabajo real: enseñar y formar al alumnado.

En su contra, varios factores:

  • Coste del producto, de su instalación y mantenimiento.
  • Tiempo invertido en el reconocimiento, ya que, además de lo que tarda la máquina en reconocer al usuario, éste tiene que interactuar con el sistema mediante una pantalla táctil, con lo que es posible que en horas “punta” se produzcan colas en las zonas de acceso, con la consiguiente pérdida de tiempo.
  • Problemas acarreados por la similitud de dos individuos: gemelos,…
  • Problemas de disponibilidad en caso de accidentes, incendios,… dende el punto de vista de poder conocer qué usuarios se encontraban en el edificio, ya que si se ven afectadas las propias máquinas, habría que implantar sistemas redundantes en instalaciones externas, con el consiguiente coste de mantenimiento.

Un asunto interesante, a la vez que polémico.

Merece la pena echarle un vistazo a los comentarios de los usuarios de Slashdot.

La noticia original en Cambridge News Online.

Prohibidas las máquinas de votación electrónicas en Alemania

vote-machine

La Corte Federal Constitucional Alemana acaba de declarar ilegal el uso de las máquinas de votación electrónica Nedap ESD1 and ESD2 usadas en las elecciones estatales del 2005.

La causa que argumenta el tribunal es que contradice el principio de elección pública; es decir, que los votos puedan ser contados en público: el principio de transparencia.

El tribunal no declaró las máquinas ilegales por si mismas, si no que lo que consideró ilegal es el propio proceso, ya que no es posible verificar los resultados una vez que fueron emitidos. El procedimiento para verificar el funcionamiento se basó en la toma aleatoria y verificación de muestras.

Como es habitual en este tipo de máquinas, el código fuente no es público, por lo que no puede ser auditado por cualquier ciudadano.

A pesar de todas estas irregularidades, los resultados de la elección se declararon válidos, aunque de poco habría servido declararlas inválidas y convocar nuevas elecciones, ya que éstas se convocan este mismo año.

Vía Slashdot.