Más webs de enlaces P2P cerradas por orden judicial

Tal y como se puede leer en el blog del grupo Elite Torrent, las webs Elitemula.com y ETMusica.com acaban de ser cerradas cautelarmente por orden judicial. El proveedor del servidor dónde están alojadas ha recibido una carta del juzgado de Huelva en el que le pide el cierre de ambas webs.

Según comentan en el blog,

este juzgado ha recibido una denuncia por lo civil que ha interpuesto la SGAE contra mi. Y éste se ha creido “sus verdades” (e influidos por la tele, casos TPB e InfoPSP…) y ha decidido enviar la orden.

Supongo que será una denuncia (penal) o una demanda (civil), no “una denuncia por lo civil“.

Sólo espero que el titular de la web se haga con los servicios de un abogado especializado en nuevas tecnologías y que el asunto acabe como lo han hecho hasta ahora TODOS los juicios que se han celebrado sobre temas de enlaces a descargas. Basta hacer una búsqueda en Google para constatarlo.

Recordar que el caso infoPSP el denunciado aceptó las condiciones impuestas por la otra parte, entre ellas la de declararse culpable. Muy recomendable este post del blog “Derecho y Nuevas Tecnologías”, en el que Sergio Carrasco analiza, desde un punto de vista jurídico, lo ocurrido en este caso.

Acto de protesta contra la criminalización del P2P en la sede del PSOE

ministro-mintiendo Interesante el acto promovido por la web “Compartir es Bueno“, en la que procederán a la descarga, sin ánimo de lucro, de material protegido por la Ley de Propiedad Intelectual, para protestar contra la campaña “Si eres legal, eres legal”, financiada y promovida por el Ministerio de Cultura.

En la web “promotora” del acto afirman que:

“Lo que no resulta tan obvio es la razón por la que dentro de esa campaña se afirma que el intercambio entre usuarios de material cultural sujeto a copyright es delito, aún no existiendo ánimo de lucro.”

Curiosamente, al visitar la controvertida web, aparece lo siguiente:

Punto 6. Los intercambios de archivos a través de las redes P2P son legales.
¡Falso! Si estos intercambios tienen lugar sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, son actos ilegales. Constituyen una violación de los derechos de propiedad intelectual perseguible civilmente y, si además existe ánimo de lucro, pueden ser constitutivos de delito.

Lo que no tengo claro es si los creadores de la web indicaban anteriormente que cualquier tipo de intercambio es constitutivo de delito y han cambiado el contenido o si los promotores del acto están mezclando los conceptos de ilícito civil y penal.

Tal y como aclara Carlos Sánchez-Almeida en El Navegante de El Mundo,

Un usuario de Internet que desde su domicilio intercambia obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual no comete delito alguno si dicha conducta se realiza sin ánimo de lucro, concepto éste que según la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado “no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial“”.

Sin embargo, como comenta en el mismo artículo,

Cabe matizar, no obstante, que aun no siendo constitutiva de delito, la actividad de intercambio de obras intelectuales protegidas por derechos de autor, sí puede constituir una infracción civil de la Ley de Propiedad Intelectual, que podría llevar aparejada la obligación de indemnizar.

Es decir, que cualquier entidad de “gestión de derechos de autor” podría demandar a un usuario que utilice herramientas P2P sin ánimo de lucro, reclamándole una “compensación económica”; aunque, tal y como comenta Carlos,

“Es posible ser demandado, pero es altamente improbable.”

Volviendo al hilo del acto de protesta, ¿donde ván a hacerlo? Pues ni más ni menos que  frente a la sede del PSOE en Madrid, en la calle Ferraz, nº 70, el próximo sábado 20 de Diciembre de 2008, a las 12:00 h.

Están avisados, mediante Burofax:

  • El Ministro de Cultura.
  • El Jefe de la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.

para que, en caso de estar cometiendo un delito, cumplan con su responsabilidad y lo impidan.

Vía: Twitter de Rinze.

Más información: Hacktivistas, Menéame.

Tras la sentencia de Sharemula, los torrents tampoco son delito. Sentencia TodoTorrente

Excelente la noticia que muestra David Bravo en su blog (Vía Menéame), en la que informa que:

“el Juzgado de Instrucción nº3 de Orihuela, ha dictado auto de sobreseimiento provisional, archivando la causa seguida contra TodoTorrente al considerar que “no resulta debidamente justificada la perpetración del delito” (…) “toda vez que de la investigación llevada a cabo muestran que las páginas webs se limitan a facilitar la dirección donde se puede descargar la obra, sin alojar archivos, ni realizar directamente la descarga”. El juzgado, en resumen, continúa en la misma dirección trazada por el caso Sharemula.”

Una nueva aplicación lógica de los artículos 16 y 17 de la LSSICE (34/2002), al igual que ya sucedió en el caso Sharemula, portal que actualmente se encuentra abierto.